¿Te dijeron que tu deuda se borra sola? Lo que no sabes sobre la prescripción a 1 año en Chile

¿Es verdad que el cobro de una deuda puede prescribir en solo un año? Aunque suene difícil de creer, en Chile hay ciertos casos en que esto es posible. Muchas personas desconocen que la ley contempla plazos específicos según el tipo de deuda, y que en algunos casos, como los créditos de consumo, avances en efectivo o tarjetas de crédito con pagaré, ese plazo puede ser de apenas un año.

El problema es que circulan muchas ideas erróneas: que las deudas desaparecen solas, que basta con “esperar cinco años”, o que si ya no aparece en DICOM, el problema está resuelto. Nada más lejos de la realidad. La prescripción no es automática y tampoco significa que la deuda se borre por completo. Es un proceso legal que exige condiciones claras y acciones concretas.

En este nuevo artículo de Legalfit, te explicamos qué deudas pueden prescribir en solo un año, cómo saber si tu caso aplica, y qué hacer si ya te notificaron sin saberlo. Además, te damos un paso a paso para revisar tu situación en el Poder Judicial y conocer tus alternativas legales si la prescripción ya no es posible. Porque entender tus derechos es el primer paso para recuperar tu tranquilidad financiera.

¿Qué deudas prescriben en solo un año y por qué?

En Chile, no todas las deudas tienen el mismo tratamiento legal. El plazo de prescripción, es decir, el tiempo durante el cual un acreedor puede exigir judicialmente el pago de una deuda, varía dependiendo del tipo de documento que respalde esa deuda. Y en muchos casos, ese plazo puede ser tan breve como un año.

Este plazo aplica principalmente a las deudas respaldadas por pagarés, un tipo de documento comúnmente utilizado por bancos e instituciones financieras para formalizar créditos de consumo, avances en efectivo o el uso de tarjetas de crédito. El pagaré otorga al acreedor un título ejecutivo, lo que permite iniciar un juicio de cobranza con mayor facilidad. Sin embargo, este mismo carácter ejecutivo impone un límite estricto: la acción judicial debe iniciarse dentro del año siguiente a la fecha de vencimiento impaga.

¿Por qué la ley establece un plazo tan corto en estos casos?

Porque se entiende que, en relaciones privadas, tanto acreedores como deudores deben actuar con diligencia. La ley busca ofrecer certeza jurídica a ambas partes: al acreedor, delimitando el tiempo en que puede ejercer su derecho; y al deudor, para no vivir indefinidamente con el temor de una ejecución judicial.

Este mecanismo también incentiva a los acreedores a actuar con rapidez si quieren hacer valer su derecho al cobro, y le da al deudor una oportunidad de defenderse si el plazo se ha cumplido sin que se haya iniciado ninguna acción legal.

En resumen:

  • El cobro de las deudas bancarias más comunes (tarjetas, avances, créditos de consumo) pueden prescribir en un año si están respaldadas por un pagaré.
  • Es clave identificar el tipo de documento que respalda tu deuda, ya que eso determina el plazo aplicable.
  • Aunque haya pasado un año, la prescripción del cobro no opera sola: debe ser solicitada y declarada por un tribunal.

¿Tienes una deuda de este tipo? Podrías tener derecho a solicitar la prescripción si aún no ha sido interrumpida. Más adelante te contamos cómo saber si eso ocurrió.

Mitos y confusiones que debes evitar

Uno de los mayores problemas al hablar de prescripción de deudas es la cantidad de ideas equivocadas que circulan, tanto en redes sociales como entre conversaciones cotidianas. Estas confusiones pueden llevar a muchas personas a tomar decisiones equivocadas o, peor aún, a no hacer nada, pensando que el tiempo resolverá todo por sí solo.

A continuación, aclaramos algunos de los errores más comunes:

“Si dejo pasar el tiempo, la deuda se borra sola”

Falso. La prescripción no es automática. Aunque haya pasado el plazo legal —por ejemplo, un año para deudas con pagaré— es necesario iniciar una declaración judicial para que un tribunal declare la prescripción. Si no se solicita, el acreedor puede seguir cobrando, e incluso demandar judicialmente.

“La deuda desaparece”

Tampoco es cierto. Lo que prescribe es el derecho del acreedor a exigir el cobro por la vía judicial. Es decir, la deuda sigue existiendo en términos contables o morales, pero ya no puede ser ejecutada ante tribunales si la prescripción es declarada. Por eso, en muchos casos también puede eliminarse de informes comerciales como DICOM, pero no porque la deuda «se borre», sino porque, al prescribir la acción de cobro, la publicación pierde justificación legal conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada.

“Mientras no me demanden, estoy tranquilo”

Cuidado con esto. Muchas personas han sido notificadas sin saberlo. Basta que el receptor judicial deje una copia en un domicilio que figura como registrado, aunque esté desactualizado. En esos casos, el juicio puede avanzar sin que el deudor se entere, y la prescripción se interrumpe.

“El monto de la deuda influye en el plazo de prescripción”

Otro error común. La prescripción no depende del monto de la deuda, sino del tipo de documento que la respalda. Una deuda de $50.000 puede tener el mismo plazo de prescripción que una de $5 millones si ambas están contenidas en un pagaré.

“Si ya no aparece en DICOM, ya fue”

No necesariamente. El hecho de que una deuda desaparezca de los informes comerciales no significa que no haya acciones judiciales pendientes. Solo un análisis legal completo puede confirmarlo.
Estos mitos, aunque comunes, pueden costarte caro si te llevan a dejar pasar el tiempo sin actuar. La única forma de protegerte es informarte y asesorarte bien.

El gran freno: ¿qué es la notificación judicial y cómo te puede afectar?

Aunque tengas una deuda que podría prescribir en solo un año, hay un factor clave que puede impedirte usar este beneficio legal: la notificación de una demanda judicial. Si fuiste notificado dentro del plazo de un año desde que se presentó la demanda, la prescripción se interrumpe. Y eso significa que ya no podrás solicitarla ante un tribunal.

¿Qué significa “interrupción de la prescripción”?

Es un concepto jurídico que se refiere al acto por el cual el acreedor, por ejemplo, un banco o una casa comercial, notifica formalmente al deudor que ha iniciado un juicio de cobranza. Esta notificación frena el plazo que estaba corriendo para la prescripción, y deja al deudor sin la opción de usarla como defensa.

En términos simples:

  • Si no fuiste notificado durante ese año → puedes solicitar la prescripción.
  • Si fuiste notificado dentro del año → la prescripción ya no es aplicable.

¿Y si me notificaron y no me enteré?

Esto pasa más seguido de lo que crees. Muchas veces, las personas son notificadas en domicilios antiguos o desactualizados, especialmente si han cambiado de casa y no actualizaron sus datos con el banco o la entidad acreedora.

En esos casos, el receptor judicial puede dejar la notificación en la dirección que figura oficialmente, y aunque tú nunca la hayas recibido en la práctica, el sistema la considerará válida. Así, el juicio puede avanzar y tú podrías no saberlo hasta que se embargan bienes o se dictan resoluciones en tu contra.

¿Cómo saber si fuiste notificado?

La única forma segura de saberlo es revisando el sitio del Poder Judicial, específicamente en la Oficina Judicial Virtual, usando tu Clave Única. Ahí podrás ver si existen causas judiciales activas en tu contra y, en caso de existir, verificar si hay constancia de notificación.

¿Cómo revisar si tienes un juicio en tu contra? Paso a paso y la importancia de la ayuda legal

Una de las dudas más frecuentes entre quienes enfrentan deudas es: “¿Cómo saber si ya me notificaron un juicio de cobranza?”. Esto es clave, porque si fuiste notificado, la prescripción ya no será aplicable. Y, como ya vimos, muchas personas han sido notificadas sin saberlo.

La buena noticia es que puedes revisar esta información tú mismo ingresando al sitio del Poder Judicial. Aquí te dejamos un paso a paso simple para hacerlo:

Paso a paso: cómo consultar tus causas judiciales

  1. Ingresa a la Oficina Judicial Virtual
    Accede a www.oficinajudicialvirtual.pjud.cl desde tu computador o teléfono.
  2. Haz clic en “Ingresar” con Clave Única
    Necesitarás tu RUT y Clave Única del Registro Civil. Si no la tienes, puedes solicitarla en línea o en oficinas del Registro Civil.
  3. Ve a la sección “Mis causas” o “Consulta de causas”
    Dentro del sitio, selecciona la opción para consultar causas asociadas a tu RUT.
  4. Filtra por tipo de juicio
    Elige la categoría “Civiles” para revisar posibles juicios de cobranza ejecutiva u otras demandas asociadas a deudas.
  5. Busca si hay alguna causa activa y revisa los movimientos
    Si aparece una causa, ábrela y revisa los documentos. Si ves un archivo que dice “notificación” o “diligencia de receptor”, eso puede indicar que ya fuiste notificado.

¿Qué pasa si no entiendo lo que aparece?

No te preocupes, es completamente normal. La Oficina Judicial Virtual no está pensada para personas sin formación legal, y muchas veces la información aparece con términos complejos o abreviaciones difíciles de interpretar.

Por eso, si al revisar tus causas te sientes confundido o no estás seguro de si fuiste notificado, lo mejor es consultar con un abogado. En Legalfit podemos ayudarte a revisar tu causa en línea y explicarte de forma clara si estás en condiciones de solicitar la prescripción o si debes explorar otras vías para resolver tu situación.

¿No puedes usar la prescripción? Aún hay alternativas para cerrar tu deuda

Si ya descubriste que tu deuda no puede prescribirse, porque fuiste notificado judicialmente o porque el plazo ya no es aplicable, no todo está perdido. Existen otras herramientas legales que permiten cerrar una deuda o, al menos, detener sus efectos más graves, como embargos, intereses acumulados o la aparición constante en informes comerciales.

En Legalfit, trabajamos con estas alternativas todos los días. Aquí te explicamos las más relevantes:

Incidente de abandono del procedimiento

Si el acreedor no ha movido el juicio por un tiempo considerable, se puede solicitar al tribunal que declare el abandono del procedimiento. Esto es una especie de “castigo procesal” al acreedor por no seguir impulsando la causa.

Si el tribunal acoge este incidente:

  • El juicio se cierra.
  • No pueden volver a demandarte por la misma deuda ejecutivamente.
  • Puedes salir de DICOM si ya cumpliste otros requisitos.

Este recurso es muy útil cuando la demanda se notificó hace años, pero luego no tuvo más movimientos. Es una forma legal de cerrar un proceso judicial que quedó “abandonado”.

Liquidación voluntaria (Ley de Quiebras)

Cuando existen varias deudas judicializadas o impagas, y no hay forma de ponerse al día, puedes optar por iniciar un proceso de liquidación voluntaria ante tribunales. Esto se conoce también como acogerse a la Ley de Quiebras para personas.

¿Qué permite este proceso?

  • Agrupar todas tus deudas en un solo procedimiento.
  • Suspender embargos y juicios pendientes.
  • Obtener una salida ordenada para tus finanzas personales.
  • Rehabilitación financiera paulatina tras el cierre del procedimiento.

Este camino requiere asesoría profesional desde el inicio, pero puede ser la mejor solución para personas que ya no pueden usar la prescripción y quieren cerrar todos sus procesos judiciales de una vez.

Negociaciones con el acreedor y acuerdos judiciales

En ocasiones, cuando ya existe una demanda activa, se puede negociar directamente con el acreedor para llegar a un acuerdo de pago rebajado o reprogramado. Esto puede incluir:

  • Rebajas importantes del monto adeudado.
  • Suspensión del juicio a cambio de cumplir el acuerdo.
  • Eliminación del registro en DICOM una vez pagado lo pactado.

No siempre es viable, pero en Legalfit evaluamos caso a caso si vale la pena intentar una negociación directa o seguir una estrategia judicial distinta.

¿Tienes una deuda pendiente? Entender tu situación es el primer paso para salir adelante

Muchas personas viven con la carga de una deuda sin saber que podrían tener herramientas legales para dejarla atrás. La prescripción es una de ellas, y aunque no es automática ni universal, puede marcar la diferencia cuando se aplica a tiempo y con la asesoría adecuada.

Pero si no es tu caso, si ya fuiste notificado o si la deuda no cumple con los requisitos, eso no significa que estés sin salida. Existen otras vías que pueden ayudarte a cerrar un capítulo financiero que lleva demasiado tiempo abierto.

En Legalfit podemos ayudarte. Contáctanos a través del formulario y revisemos tu caso para tomar decisiones informadas y dar ese primer paso hacia una solución real.

Defensa en juicios de cobranza y embargos

En Legalfit defendemos a personas y empresas en juicios de cobranza iniciados por bancos, casas comerciales, Tesorería y otros acreedores. Aplicamos estrategias personalizadas como oposición a la demanda, prescripción, nulidad de notificaciones, tercerías y protección del patrimonio. Contamos con un equipo experto en defensa de deudores.