Ley de quiebra: ¿en qué consiste?
Sabemos que tener deudas sin pagar genera angustia y encontrar la forma de salir adelante puede parecer imposible, pero existen opciones legales a las que puedes recurrir para enfrentar el sobreendeudamiento. Una de ellas es la Ley Nº 20.720, más conocida como la Ley de Quiebra y por eso te contamos sobre sus principales beneficios.
Esta normativa tiene como objetivo que las personas y las empresas que tienen deudas impagas puedan rehabilitarse financieramente, acogiéndose a diferentes procedimientos, dependiendo de la situación económica en que se encuentren y el nivel de deudas que registren.
¿Cuáles son los procedimientos para personas naturales?
1. Renegociación: con este procedimiento se podrá establecer un nuevo acuerdo de pago entre el deudor y su acreedor, que se ajuste a las condiciones financieras de quien se encuentra moroso. Se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y es de carácter gratuito.
Entre los beneficios que se pueden lograr están: obtener más tiempo para pagar, condonación de interés e incluso parte del capital adeudado.
Existen algunos requisitos para acceder, como tener dos o más obligaciones impagas y que superen las 80 UF (aproximadamente 2, 6 millones de pesos), no haber sido demandado por deudas impagas.
2. Liquidación Voluntaria o quiebra: si la persona no es capaz de cumplir con sus deudas, aunque tenga nuevas condiciones de pago, la quiebra puede ser una alternativa para salir del sobreendeudamiento.
En este caso, se debe contar con la representación de un abogado, quien deberá presentar una solicitud en el tribunal correspondiente al domicilio del deudor.
Los bienes que conforman el patrimonio del deudor deberán ser rematados para pagar, con el dinero obtenido, las deudas que mantiene con el acreedor.
Aunque el monto de los compromisos impagos sea superior al valor de los bienes, todas las deudas, incluidas en la solicitud de quiebra, se extinguirán. Al producirse este efecto, la persona tendrá la posibilidad de limpiar sus antecedentes comerciales y reemprender si lo desea en el futuro.
Para acogerse a este procedimiento no existe ningún requisito más que efectivamente encontrarse en un estado de insolvencia, ya que no exige contar con un determinado número de bienes ni tampoco se fija un monto mínimo de deudas.
¿Cuáles son los procedimientos para personas jurídicas o empresas?
Reorganización: este procedimiento permite que se puedan reestructurar los activos y pasivos de la empresa, mediante un acuerdo con sus acreedores.
Se buscan nuevas y mejores condiciones de pago, también se pueden lograr meses de gracia, condonación de parte del capital adeudado o disminución de los intereses por mora.
Tras dictarse la resolución de reorganización, la empresa contará con protección financiera concursal por al menos 30 días: periodo de tiempo que permitirá resguardar a la empresa de acciones judiciales en su contra.
Liquidación o quiebra: cuando una empresa se acoge a la quiebra, aunque el monto de sus deudas impagas sea mayor al de los bienes rematados para pagar a los acreedores, todas las obligaciones adquiridas antes del procedimiento se considerarán extintas.
Es posible liquidar deudas hipotecarias, laborales, de créditos de consumo, de leasing, tarjetas y líneas de crédito y también previsionales.
Para la Reorganización o quiebra de la empresa es necesario contar con la asesoría de un abogado.
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